El Tribunal de Estrasburgo considera que la protección del bienestar animal justifica que se pueda prohibir el sacrificio ritual que aplican las religiones musulmana y judía e imponer el aturdimiento previo, en un dictamen referido a una demanda contra Bélgica.
Los jueces europeos, en una sentencia publicada el dia 13 de febrero, dan la razón a las regiones de Flandes y Valonia, que amparándose en la Ley de Bienestar Animal de Bélgica, habían proscrito el sacrificio de animales con el rito de esas dos religiones.
El tribunal estima que eso no viola la libertad religiosa de los que formalizaron la demanda, 13 personas y siete organizaciones no gubernamentales con sede en Bélgica, que representan a las comunidades judía y musulmana en ese país.
En su denuncia, los afectados alegaban que se estaba violando su derecho a la libertad religiosa debido a la prohibición de sacrificar animales como exige su tradición, es decir, sin aturdimiento previo.
Se trata de una sentencia pionera, pues es la primera vez que el TEDH interpreta que el bienestar animal forma parte de la «moral pública» que justifica una injerencia legítima en la libertad religiosa.
Los ritos jalal y kosher exigen la muerte de los animales según la tradición, es decir, sin aturdimiento.