Entrevista a David Álvarez, Almas Industries: “Las empresas agroalimentarias españolas llevan un largo recorrido abordando el bienestar animal, centrando sus esfuerzos en garantizar al consumidor productos seguros y saludables”

Acaba de publicarse el Real Decreto por el que se establecen las medidas para el control del bienestar de los animales en los mataderos mediante la instalación de sistemas de videovigilancia. España es el primer país de la UE con obligatoriedad de instalar estos sistemas, adelantándose al resto de países de la Unión Europea en implantar esta normativa en materia de bienestar animal. Hasta el momento la instalación de sistemas de videovigilancia en mataderos solo es obligatoria en el Reino Unido. Se trata de aplicar el marco del Green Deal y su Estrategia de la Granja a la Mesa. La nueva normativa pondrá el foco en el sacrificio y en el transporte de animales. 
En esta situación, desde ANAFRIC entrevistamos a David Álvarez, gerente de Almas Industries, una de las empresas punteras en la instalación de sistemas de videovigilancia en el sector, para resolver muchas de las dudas alrededor de esta medida obligatoria.
Pregunta previa y según su experiencia: ¿Se cumplen las normativas de bienestar animal europeas en los mataderos españoles antes de la puesta en marcha del Sistema de Videovigilancia del Bienestar de los Animales (SVBA)?

En general se cumple la normativa en nuestros mataderos y que muchos de ellos no disponen de la videovigilancia ya que hasta ahora no les resultaba necesaria. También nos encontramos con mataderos donde se cumple la normativa y que disponen de las cámaras de videovigilancia desde hace ya años, pero en muchos casos con sistemas obsoletos que deberán poner al día.

Cualquier medida enfocada a lograr mejores estándares de calidad y garantías sanitarias serán las que nos ayuden a obtener la confianza del consumidor

Gracias a estas nuevas leyes, aunque en un principio suponga un gasto adicional, se va a poder controlar mejor este tipo de situaciones, pues cualquier fallo en el procesamiento de animales o de su carne puede afectar al producto final.

Cualquier medida enfocada a lograr mejores estándares de calidad y garantías sanitarias serán las que nos ayuden a obtener la confianza del consumidor.

 

¿Cuáles son los objetivos del Real Decreto?

Antes de entrar en materia, es necesario comentar que el bienestar de los animales es una cuestión de creciente interés público y que influye en la actitud de la población a la hora de elegir los productos que consume.

Es importante poner en valor que las empresas agroalimentarias españolas llevan un largo recorrido abordando este asunto, centrando sus esfuerzos en garantizar al consumidor productos seguros y saludables como se está realizando, por ejemplo a través de la aplicación de los planes “Food Defense”

Este RD establecen requisitos para la instalación de sistemas de videovigilancia en los mataderos de forma obligatoria con el fin de servir de ayuda a las autoridades competentes para garantizar el cumplimiento de la normativa.

Las empresas agroalimentarias españolas llevan un largo recorrido abordando este asunto, centrando sus esfuerzos en garantizar al consumidor productos seguros y saludables como se está realizando, por ejemplo a través de la aplicación de los planes “Food Defense”

 

Los operadores de los mataderos o cualquier persona implicada en el proceso del sacrificio de animales deben adoptar aquellas medidas necesarias que eviten y reducan al mínimo la angustia y el sufrimiento de los animales durante dicho proceso.

 

¿Todos los mataderos deben de cumplir con la normativa? ¿Cuáles son las sanciones si el matadero no puede aplicar el RD?

Este nuevo RD obliga a todos los mataderos de nuestro pais, con independencia de su tamaño, a garantizar que se cumplen las condiciones de bienestar de los animales establecidas, mediante la instalación de un sistema de videovigilancia (SVBA), sin importar el tamaño de sus instalaciones.

En cuanto a las sanciones, no podríamos matizar a fondo esta cuestión aunque haría mención a que será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio o de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

Habrá una carencia temporal para la instalación de los sistemas de videovigilancia que variarán en función del tamaño de los mataderos. Para los mataderos más grandes el periodo será de 12 meses, mientras que para los mataderos más pequeños este plazo se dilata hasta los 24 meses.

¿Qué zonas del matadero deben contar con cámaras para la videovigilancia?

El matadero debe instalar un sistema que proporcione una imagen completa y clara del área cubierta donde se encuentren animales vivos, incluidas las zonas de descarga, así como donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la muerte.

Se exceptúa de la obligación de tener cámaras en las zonas de espera de los vehículos hasta la descarga, aunque debe existir un control del tiempo de llegada y el de la descarga.

Habrá una carencia temporal para la instalación de los sistemas de videovigilancia que variarán en función del tamaño de los mataderos. Para los mataderos más grandes el periodo será de 12 meses, mientras que para los mataderos más pequeños este plazo se dilata hasta los 24 meses

 

¿Cuáles son las condiciones de funcionamiento? ¿Cuánto tiempo deben de custodiarse las imágenes?

Los sistemas de videovigilancia deben encontrarse en funcionamiento en todo momento en aquellas instalaciones del matadero en las que se encuentren animales. Estos sistemas deben proporcionar una resolución de la imagen lo suficientemente nítida, incluso en zonas con poca iluminación, como para identificar a las personas y las manipulaciones que efectúen, los equipos y a los animales.

No deben existir puntos ciegos que impidan la obtención imágenes completas. También deben recoger imágenes y grabaciones de la descarga de animales fuera del horario laboral habitual.

El acceso a estas grabaciones no debe de interrumpir el funcionamiento general del sistema, registrando en todo momento la fecha, hora y ubicación de las grabaciones tomadas.

En cuanto a la conservación de las imágenes y su almacenamiento debe ser de 30 días desde la fecha en la que se captan y debe ser desempeñado por el personal del matadero designado.

¿Qué mantenimiento deben de tener las imágenes? ¿Cada matadero debe contar con un operador?

Continuando con la anterior respuesta, cada matadero tendrá que tener asignado a un operador que garantice que las cámaras se mantengan en buen estado de funcionamiento y limpieza, facilitando con ello las condiciones de operatividad y funcionamiento del sistema.

Este operador deberá contar con el conocimiento técnico de uso y manejo de los sistemas de videovigilancia, así como el de almacenamiento y transmisión de imágenes y grabaciones del sistema.

Cada matadero tendrá que tener asignado a un operador que garantice que las cámaras se mantengan en buen estado de funcionamiento y limpieza

Debe de disponer de códigos y contraseñas necesarias para acceder a las imágenes y grabaciones, asegurando que estas no se manipulan y que se custodian adecuadamente. Por último, deberá garantizar la confidencialidad de la información obtenida a través de los sistemas de videovigilancia.

Para el buen mantenimiento de los sistemas de videovigilancia recomendamos algunos programas de revisión, limpieza y ubicación de las cámaras lo mas accesible posible.

¿Qué dice el Real Decreto con respecto a la intimidad de las personas o trabajadores?

Las cámaras se instalarán garantizado que su funcionamiento respeta la intimidad de las personas que realicen su actividad profesional en los mataderos, de manera que solo se situarán en los lugares justificados para lograr su propósito y respetando tanto como sea posible la privacidad de los trabajadores y del resto de personal autorizado. No se instalarán en lugares destinados al descanso o esparcimiento, tales como vestuarios, aseos, comedores y análogos.

¿Qué pasa si se avería el sistema de grabación?

Se debe contar con un plan de contingencia para que en aquellos casos de incidencias o averías estas puedan ser solventadas en el menor tiempo posible. Para ello, tener contratado un servicio de mantenimiento se hace indispensable porque puede evitar tales averías y en caso de darse, sean las empresas de mantenimiento las que puedan acortar los tiempos de respuesta.

La norma parece estipular un plazo máximo para solventar dichas incidencias de 10 días para los casos mas complejos que requieran sustitución de equipos

Si se avería el sistema, se debe contar con un plan de contingencia para que en aquellos casos de incidencias o averías estas puedan ser solventadas en el menor tiempo posible. Se establece un plazo de 10 días para la sustitución de equipos

¿Habrá controles oficiales que vigilen si tengo el sistema de vigilancia?

Efectivamente, como venimos comentando se trata de una herramienta que facilita el servicio de control oficial por lo que es más que previsible existirá un seguimiento sobre su implantación garantizando con ello los controles periódicos del cumplimiento de la normativa de bienestar de los animales.

Ante estos controles, habrá que facilitar el acceso para inspeccionar cualquier grabación obtenida en tiempo real o almacenada en los últimos 30 días, evidenciando de esta manera el cumplimiento con la normativa.

¿De qué me sirve cumplir con la normativa? ¿Qué beneficios obtengo?

Aunque la norma tiene como prioridad mejorar el bienestar animal hay que considerar otros beneficios. Reducir los inputs de estrés de los animales vivos mejora la calidad de la carne lo que tiene unos beneficios directos sobre la salud pública.

Esto debe repercutir favorablemente en la economía del ganadero o del operador del matadero, ya que se decomisarán menos carnes al ser de mejor calidad.

Además, la obtención de imágenes nos puede ayudar a evidenciar las buenas prácticas por parte del personal, sobre todo en el manejo de animales de gran tamaño, contribuyendo a evitar accidentes de los trabajadores y mejora de la salud laboral. Entendemos que todo ello debe de contribuir a incrementar la confianza del consumidor teniendo un efecto positivo en la industria cárnica.

La obtención de imágenes nos puede ayudar a evidenciar las buenas prácticas por parte del personal, sobre todo en el manejo de animales de gran tamaño, contribuyendo a evitar accidentes de los trabajadores y mejora de la salud laboral

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